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Herramientas financieras sobre Ley de Conglomerados |Fogafín

Por Usuario no encontrado agosto 25 de 2017
conglomerados
Conozca los mecanismos otorgados por la Ley de Conglomerados, para que Fogafín proteja la estabilidad del sistema financiero. Ingrese para más información.

El Título II de la Ley de Conglomerados autoriza a Fogafín a utilizar un nuevo mecanismo de resolución denominado Compra de Activos y Asunción de Pasivos (CAAP), mediante el cual se transfieren a uno o más establecimientos de crédito los activos y pasivos asegurables de otro sobre el cual la Superintendencia Financiera de Colombia haya ordenado la liquidación forzosa administrativa.

En el caso en que los activos comprados sean menores a los pasivos asumidos, Fogafín podrá aportar los recursos faltantes, siempre y cuando el monto a aportar sea menor que lo que habría costado pagar el Seguro de Depósitos de la entidad intervenida. Los activos y/o pasivos remanentes quedan en la entidad para su liquidación.

El mecanismo de compra de activos y asunción de pasivos contribuye a: i) garantizar la continuidad de la prestación del servicio financiero y del sistema de pagos para los depositantes y prestatarios de la entidad, ii) minimizar el impacto de una medida de liquidación, ya que no hay interrupción en el acceso a los depósitos, iii) evitar la pérdida acelerada del valor de los activos que se presenta en un proceso liquidatorio y iv) imponer disciplina de mercado ya que el mecanismo no contempla los pasivos no asegurables ni el capital de los accionistas.

La Ley de Conglomerados establece también la posibilidad de realizar la transferencia de los activos y pasivos asegurables de la entidad en liquidación dentro del mecanismo de CAAP, a un establecimiento de crédito especial llamado Banco Puente, creado por solicitud de Fogafín y con autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia.

El Banco Puente es un vehículo de carácter temporal que facilita la utilización del CAAP en los casos en que no es posible realizar la transferencia de los activos y pasivos a otra entidad, en el momento en que se ordena la liquidación del establecimiento de crédito. De esta manera, se realiza en el futuro la venta o cesión de los activos y pasivos desde el banco puente a otro establecimiento de crédito, cuando las condiciones del mercado lo permitan. En ese lapso de tiempo, se gestionan los activos con la intención de mantener u optimizar su valor y se garantiza la continuidad del sistema de pagos y el acceso a los depósitos.

Cuadrado gris que tiene dos esquinas de color azul y fucsia, tres círculos de color violeta, amarillo y verde; y en frente las palabras Co Colombia.
 
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